Medición de la pena en la causa de polución sonora




📷✍️ Verónica Barrios 


Juan Francisco Ortiz, presidente del tribunal, explicó que como tribunal en cuanto a la medición de la pena, tuvieron en en cuenta que el vecino afectado que no le afectó su salud, que los dueños de Condesa siguieron invirtiendo muchísimo dinero prácticamente no le hace más ruido, también las condiciones personales de los acusados que ellos eran jóvenes emprendedores, no tenían antecedentes, estaban invirtiendo dinero en una zona céntrica que era necesaria fomentando el arte.


Mencionó que el origen de la polución sonora no era el móvil y fines del autor, no era por venganza ni ánimos de molestar al vecino, los dueños del club invirtieron en mejoras para evitar la dispersión sonora y la polución.


Se le preguntó qué le llamó la atención como tribunal sobre está causa, respondió que para él, la inversión del inmueble de miles de millones en un lugar histórico que fue la casa de Silvio Pettirossi.


En el análisis de los hechos, indicó que como tribunal tuvieron en cuenta las mediciones de los decibeles tanto de la policía como la técnica ambiental del Ministerio Público y su coincidencia en que el sonido provenía del club Condesa y que dichos decibeles estaban por encima de lo permitido. Por otra parte, contó que la técnica ambiental observó en su intervención varias partes de la casa y la pieza del vecino afectado vibraban.


Detalló que con ello refutaron la hipótesis alternativa de la defensa de los acusados y quedó demasiado claro que se excedieron en polución sonora.

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