Dificultades al analizar la causa del excomisario Eusebio Torres
📷✍️ Verónica Barrios
Juan Francisco Ortiz,
presidente del tribunal de sentencia que juzgó al excomisario Eusebio Torres,
señaló que la primera dificultad que encontraron como tribunal fue la
prescripción y fue uno de los cuestionamientos en la sentencia, por eso le
dedicaron in extenso esa cuestión siguiendo los lineamientos de la
jurisprudencia nacional e internacional, de la máxima instancia judicial.
Sobre el análisis de la
prescripción de la causa y el hecho en sí, manifestó que el tema de la
prescripción es un poco complejo y tiene varias aristas. Indicó que lo que entre muchos argumentos para el
tribunal no podía aplicarse el artículo 14 porque era un caso que se aplicaba
por el principio de especialidad el artículo 5 debido a que el hecho es de lesa
humanidad y por tanto es imprescriptible.
Consideró que lo que
decían los constituyentes que no sólo querían que fuera imprescriptible, sino
que no se pudiera dar amnistía ni indulto siquiera y que uno de ellos expresó
que este hecho no podía quedar impune, también que la Corte Suprema de Justicia
considera imprescriptible el hecho punible.
Se le preguntó si en los
delitos de lesa humanidad se puede aplicar de forma retroactiva, respondió que
sí, de hecho, la Corte Suprema de Justicia, la Corte Interamericana y la Corte
Europea de Derechos Humanos la postura es unánime, históricamente desde el
hecho de Núremberg en adelante ningún
caso se declaró prescripto el delito de lesa humanidad.
Dijo que a parte el
tribunal honestamente lo resolvió convencido y por unanimidad la cuestión de la
imprescriptibilidad.
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