Dificultades al analizar la causa del excomisario Eusebio Torres

 


 

📷✍️ Verónica Barrios

 

Juan Francisco Ortiz, presidente del tribunal de sentencia que juzgó al excomisario Eusebio Torres, señaló que la primera dificultad que encontraron como tribunal fue la prescripción y fue uno de los cuestionamientos en la sentencia, por eso le dedicaron in extenso esa cuestión siguiendo los lineamientos de la jurisprudencia nacional e internacional, de la máxima instancia judicial.

 

Sobre el análisis de la prescripción de la causa y el hecho en sí, manifestó que el tema de la prescripción es un poco complejo y tiene varias aristas. Indicó que  lo que entre muchos argumentos para el tribunal no podía aplicarse el artículo 14 porque era un caso que se aplicaba por el principio de especialidad el artículo 5 debido a que el hecho es de lesa humanidad y por tanto es imprescriptible.

 

Consideró que lo que decían los constituyentes que no sólo querían que fuera imprescriptible, sino que no se pudiera dar amnistía ni indulto siquiera y que uno de ellos expresó que este hecho no podía quedar impune, también que la Corte Suprema de Justicia considera imprescriptible el hecho punible.

 

Se le preguntó si en los delitos de lesa humanidad se puede aplicar de forma retroactiva, respondió que sí, de hecho, la Corte Suprema de Justicia, la Corte Interamericana y la Corte Europea de Derechos Humanos la postura es unánime, históricamente desde el hecho de  Núremberg en adelante ningún caso se declaró prescripto el delito de lesa humanidad.

 

Dijo que a parte el tribunal honestamente lo resolvió convencido y por unanimidad la cuestión de la imprescriptibilidad.

 

 

 

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