La peculiaridad en la causa de Arteta
✍️ Verónica Barrios.
📷 Genrileza.
La presidenta del tribunal, Alba González indicó que la peculiaridad de esta causa se da porque es el primer caso que llega a esta etapa de juzgamiento en donde fueron empleados como técnicas de investigación la figura del agente encubierto, en este caso fue un funcionario de la Senad que prestó declaración testifical ante el tribunal con el fin de aclarar sus actuaciones en ese contexto que sirvieron de base para toda la investigación realizada por el Ministerio Público.
En cuanto a las teorías del derecho empleadas para argumentar el fallo, mencionó a los principios y garantías vigentes establecidos en la Constitución Nacional, los tratados internacionales y las leyes nacionales y penales especiales al respecto.
Entre los desafíos que enfrentó al dirigir la audiencia, citó que fue coordinar las agendas de las audiencias de las integrantes del tribunal y la de las partes, la fiscalía, los abogados defensores y los lugares de reclusión de los acusados para el desarrollo de cada sesión del acto de juzgamiento.
Contó que al realizarse de manera telemática la participación de los mismos permitió que ellos eviten todo lo que implica el traslado, evitar gastos logísticos de las instituciones y que por razones de seguridad se amontonen en el Palacio de Justicia en donde no tienen disponibilidad inmediata para acceso a sanitarios y de índole alimenticia.
Sobre el tiempo de la elaboración de las sentencias, narró que en su caso particular llega antes de la hora de atención al público y atiende y verifica todas las cuestiones de la causa a su cargo en trámite y cuenta que con un grupo maravilloso de personas, que son sus compañeros de trabajo, los funcionarios del juzgado que hacen posible que puedan cumplir plazos legales.
En cuanto a las medidas de seguridad personal y profesional siendo jueza especializada en crimen organizado, manifestó que presta atención a todo para que su trabajo resulte exacto y por otro lado realiza con profesionalidad y respeto.
Con respecto a las pruebas que valoraron para la sentencia, señaló que se tuvieron en cuenta las realizadas conforme a las técnicas especíales de investigación previstas en la ley, como en en este caso la implementación de la figura de agente encubierto, las interconexiones de las comunicaciones, la vigilancia de lugares específicos, que son realizas con orden judicial por agentes de la Senad, además de informes técnicos y periciales de las escuchas, análisis definitivo de la sustancia incautada, la verificación de la identidad y la participación de cada uno de los procesados, los informes que confirman las coordenadas en las intervenciones de comunicaciones en conjunto con las deposiciones de testigos ante el tribunal.que coinciden con las documentales producidas.
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