Para fiscala la sentencia por homicidio doloso en grado de tentativa fue justa e imparcial

Textos y Foto: Verónica Barrios.

La agente fiscal especializada en violencia familiar, María Segovia consideró que la sentencia por homicidio en grado de tentativa es justa y ha tomado de manera imparcial cada uno de los elementos del tipo penal acusado y probado en juicio.

Señaló que el análisis se realizó atendiendo a las situaciones particulares que se dio en la causa como ser el Art. 23 inciso 2 que hace la variación en cuanto al marco penal por incidencia de circunstancias que afectan al reproche y en ese cálculo del marco penal que va de 2 años hasta 22 años 6 meses de pena privativa de libertad.

Manifestó que el Ministerio Público solicitó la pena privativa de 18 años y el Tribunal condenó por 16 años por lo que considera muy justa la pena aplicada y está conforme con la decisión del tribunal.

Por un lado, consideró que con esto se protege no sólo se envía un mensaje a la ciudadanía de la protección del bien jurídico vida aunque no haya sucedido el resultado muerte.

Por otro lado, señaló que es una forma de que el procesado ahora condenado pueda tener oportunidad dentro de un sistema penitenciario de reinsertado a la sociedad.

Explicó que justamente en esta causa de dio la particularidad de que tomaron en la causa intervención a raíz de una comunicación que realizó la Comisaría 24. Detalló que al principio no tenían claro las circunstancias, se le imputó a Adrian Zárate por violencia familiar, luego se cambió la calificación con una ampliación del acta de imputación de homicidio doloso en grado de tentativa y el defensor público Carlos Arce pidió al inicio de sus alegatos que el tribunal de sentencia tenga en consideración de un cambio de calificación a lesión grave con respecto a la conducta del acusado.

Expuso que finalmente el tipo de violencia familiar no fue probado en juicio porque a criterio del tribunal ya por las circunstancias que se dieron los hechos fueron más graves y superaron el tipo que habían tenido y también se consideró que la lesión grave de poner en peligro la vida de la víctima también fue superada ampliamente debido a que el móvil, la finalidad del autor era acabar con la vida de su hermano, él fue condenado por homicidio doloso en grado de tentativa.

En cuanto a la división de la comunicación de la sentencia, dijo que en este caso ocurrió la división del juicio a pedido de la defensa pública atendiendo a que justamente conforme a la ley procesal en los casos en que se tenga un marco penal superior a 10 años y el acusado solicite la división del juicio la división será obligatoria.

Apuntó que primero se demostró la existencia del hecho punible y luego se analizó la sanción por el hecho.

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