Fiscalía y querella solicitan 20 años de prisión y califican de dolo eventual la conducta del médico cirujano Miguel Cavallo
Textos y Fotos: Verónica Barrios.
Tanto la fiscala Claudia Aguilera como la abogada
querellante, Viviana Goralewsky pidieron al tribunal en sus alegatos finales 20
años prisión, prohibición de ejercer la medicina y calificaron de dolo eventual
la conducta del médico cirujano Miguel A. Cavallo.
La representante del Ministerio Público, Claudia Aguilera en una entrevista para La Mirada
Noticiosa explicó que calificó de dolo eventual la conducta del cirujano Miguel
Ángel Cavallo porque se representó la posibilidad de muerte de la paciente en
el momento que él sabía administrando una medicación que no correspondía porque
le dijo al enfermero que no cuente a las autoridades de los tres frascos.
Dijo que más allá de eso, cuando la paciente Maylen
empezó con los efectos adversos, a desaturar, convulsionar, él tenía que haber
parado cirugía y no lo hizo, se representó la posibilidad de la muerte y se
decantó por continuar con la operación.
Con respecto al pedido de 20 años de cárcel, señaló
que en el análisis de las cosas positivas y negativas del autor y en el caso en
particular no pudieron hallar una circunstancia positiva porque en todos los
ítems o el catálogo referido en el código penal, todas esas circunstancias se
dieron en forma negativa.
Por su parte, la abogada querellante, Viviana
Goralewski, refirió que el dolo eventual está determinado a partir de que el
médico cirujano Miguel Ángel Cavallo hace todas las conductas, él hace la
operación como cirujano y anestesiólogo, no contrata un equipo médico, opera en
un lugar que sabía que no tenía terapia intensiva, luego cuando se complica la
situación, continua con la cirugía y cuando ya su paciente estaba en una
situación en la que tenía que ser trasladada en terapia intensiva decide no
acompañar.
Detalló que él realizó todas las conductas que
causaron la muerte de Maylen y era consciente de que esas conductas podían
causar la muerte de su paciente, entonces por eso sostienen que hay dolo
eventual en este caso.
En referencia al pedido de 20 años de prisión, explicó
que para la medición de la pena se establece en el artículo 65 todos los puntos
que deben ser considerados para establecer esa medición entre el más alto y más
bajo en la más alta expectativa de pena.
Indicó que en este caso, hicieron la consideración de
cada punto del artículo 65 y todos fueron en contra del acusado, entonces por eso
solicitaron la más alta calificación.
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