Fiscalía y querella solicitan 20 años de prisión y califican de dolo eventual la conducta del médico cirujano Miguel Cavallo

 







Textos y Fotos: Verónica Barrios.

Tanto la fiscala Claudia Aguilera como la abogada querellante, Viviana Goralewsky pidieron al tribunal en sus alegatos finales 20 años prisión, prohibición de ejercer la medicina y calificaron de dolo eventual la conducta del médico cirujano Miguel A. Cavallo.

 La representante del Ministerio Público, Claudia Aguilera en una entrevista para La Mirada Noticiosa explicó que calificó de dolo eventual la conducta del cirujano Miguel Ángel Cavallo porque se representó la posibilidad de muerte de la paciente en el momento que él sabía administrando una medicación que no correspondía porque le dijo al enfermero que no cuente a las autoridades de los tres frascos.

Dijo que más allá de eso, cuando la paciente Maylen empezó con los efectos adversos, a desaturar, convulsionar, él tenía que haber parado cirugía y no lo hizo, se representó la posibilidad de la muerte y se decantó por continuar con la operación.

Con respecto al pedido de 20 años de cárcel, señaló que en el análisis de las cosas positivas y negativas del autor y en el caso en particular no pudieron hallar una circunstancia positiva porque en todos los ítems o el catálogo referido en el código penal, todas esas circunstancias se dieron en forma negativa.

Por su parte, la abogada querellante, Viviana Goralewski, refirió que el dolo eventual está determinado a partir de que el médico cirujano Miguel Ángel Cavallo hace todas las conductas, él hace la operación como cirujano y anestesiólogo, no contrata un equipo médico, opera en un lugar que sabía que no tenía terapia intensiva, luego cuando se complica la situación, continua con la cirugía y cuando ya su paciente estaba en una situación en la que tenía que ser trasladada en terapia intensiva decide no acompañar.

Detalló que él realizó todas las conductas que causaron la muerte de Maylen y era consciente de que esas conductas podían causar la muerte de su paciente, entonces por eso sostienen que hay dolo eventual en este caso.

En referencia al pedido de 20 años de prisión, explicó que para la medición de la pena se establece en el artículo 65 todos los puntos que deben ser considerados para establecer esa medición entre el más alto y más bajo en la más alta expectativa de pena.

Indicó que en este caso, hicieron la consideración de cada punto del artículo 65 y todos fueron en contra del acusado, entonces por eso solicitaron la más alta calificación.

 

 

 

 

 

 

 

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