Jueza explica sus argumentos para elevar a juicio oral el caso del clan Rotela

 


La jueza penal de garantías del fuero especializado en crimen organizado, Lici Sánchez manifestó que para elevar el juicio oral se cumplieron los requisitos previstos en el artículo 347.Detalló que hay un relato fáctico del hecho, la calificación, la teoría probatoria y el hecho punible en sí considerado grave y con una expectativa de pena importante.

Mencionó que las personas que enfrentarán juicio oral son el líder Armando Rotela Ayala, Vicente Chase, Juan Javier Rodas, Carolina Ortiz Figueredo, Freddy Pérez Montiel, Carlos Damián Fernández González, Ronald Herminio Cantero Báez.

 Señaló que se encuentra en rebeldía Juana Cabrera González y fue sacado de la sala virtual el procesado guardia cárcel del penal Cristian Mario Martínez por la ausencia de su abogado por segunda vez.

Explicó que el incidente de nulidad planteado por el defensor público Martín Muñoz fue rechazado porque los argumentos esgrimidos por el Ministerio Público en cuanto a ese incidente deben ser debatidos en un juicio oral y su misión es observar la legalidad de la obtención de las pruebas.

En cuanto al pedido del cambio de calificación, refirió que hay una acusación concreta. Consideró que no estaban dados los presupuestos alegados por la Defensa pública para hacer lugar a la revocatoria y menos aún en esta instancia donde el fiscal se ratifica en su acusación.

Mencionó entre las pruebas admitidas se encuentran las escuchas telefónicas resultantes del operativo Chacal, las evidencias de los allanamientos ordenados judicialmente.

Entre las pruebas rechazadas, citó a las notas del Ministerio Público por las cuales no guarda valor jurídico con la búsqueda de la verdad y para sostener una acusación.

No hizo lugar a la solicitud del Ministerio Público con respecto al pedido de estudios socio ambientales porque eso es propio del Tribunal de Sentencia.

Dijo que esta causa guarda relación con un grupo de personas que están siendo acusadas por el Ministerio Público en el marco del hecho punible de asociación criminal, tenencia y tráfico de drogas además haber hecho referencia la Fiscalía al líder de ese grupo a través de su asociación criminal también estaría cometiendo otro tipo de hechos punibles desde el centro penitenciario de Tacumbú y trajo a colación el asesinato de dos personas que a través de las escuchas telefónicas se ha detentado esta orden de asesinato y desgraciadamente se dio cumplimiento.

 

 

 

 

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