Condenaron al ex senador Óscar González Daher y su hijo Óscar González Chaves

La fiscalía, los acusados con su defensor

El Tribunal de sentencia condenó al ex senador Óscar González Daher a 7 años por declaración falsa e enriquecimiento ilícito y a su hijo Óscar Rubén González Chaves a 8 años por declaración falsa, enriquecimiento ilícito y lavado de dinero.

Absolvió a González Daher por lavado de dinero. La lectura del fallo en el caso del ex senador y su hijo se dió ayer a las 11 de la mañana. 

El tribunal estuvo integrado por los jueces Yolanda Portillo, Yolanda Morel y Jesús Riera.

Argumentos. Los jueces del tribunal explicaron detalladamente el fallo en la causa. Primero, lo hizo el magistrado Jesús Riera quién expresó que fue un juicio muy complejo, vasto, con mucha carga documental y de evidencias.

Con respecto a la declaración falsa, el juez manifestó que han tenido probado por mayoría en relación a los dos acusados.

En referencia a González Chaves han tenido comprobado que el 4 de enero del 2016 él presentó una declaración jurada ante la Contraloría donde omitió consignar sus inmuebles. En 2016 ya contaba en su haber con 18 inmuebles a título personal y no obstante a ello en la declaración jurada porque en todo este juicio no consignó ninguno de ellos.

En cuanto a cuentas bancarias y certificados de depósito se comprobó para antes de la declaración él mismo ya contaba con una propiedad, varias cuentas omitidas a declarar y otras con datos equivocados. Así también ya tenía varios certificados de ahorro que no ha sido declarado ninguno de ellos.

En relación a González Daher se tuvo por probado que el 1 de septiembre del 2016 presentó declaración jurada ante la Contraloría donde omitió consignar varios inmuebles. Él antes de la fecha indicada ya poseía 87 inmuebles, las partes hablaron de 92, 93, por títulos y Registros públicos se han hallado 87. Se han encontrado un inmueble que fue loteado  que en 21 inmuebles más en el de Cañada Sa'y y entonces alcanzó a 108.

El acusado no declaró 38 inmuebles de los cuales 27 el tribunal tuvo el título a la vista. Se comprobó también que declaró  22 inmuebles que el Tribunal no los conocía. Han encontrado datos equivocados como ser la repetición de los inmuebles y la consignación a su nombre. Él ha declarado como propiedad 3 inmuebles.

Por su parte, la magistrada Yolanda Morel refiere que llegaron a la conclusión que esta conducta es desplegada por el señor Óscar González Daher, se subsume en dicho tipo penal porque se encuentran reunidos todos los presupuestos objetivos y subjetivos previstos en la norma. 

A través de la presentación del formulario ante la Contraloría General de la República comunicó una información acerca de su situación patrimonial que no se ajusta a la verdad.

Indicó que el acusado no comunicó información sobre su situación patrimonial, no incluyo datos relativos a la propiedad de 11 inmuebles y también los saldos que poseía en el Banco Continental. Agregó que él no incluyo en su declaración jurada bienes que formaban parte de su activo.

Señaló que la declaración falsa no se dio solamente por datos omitidos, sino por informaciones equivocadas.

Con respecto al enriquecimiento ilícito, Óscar González Daher luego del ingreso a la función de senador nacional en el 2003 y que  ocupó de manera ininterrumpida ya que fue reelecto en los años 2008, 2011, 2016. Entre el 24 de septiembre del 2008 y 24 de septiembre del 2018 obtuvo la propiedad de derecho de crédito sobre los saldos de los depósitos realizados en las cuentas bancarias habilitadas a su nombre en diferentes bancos de plaza que totalizaron la suma de 5.903 mil millones 362 mil cuatrocientos noventa y seis que excede a sus legítimas posibilidades económicas.

Mientras que Óscar Rubén González Chaves se probó que quien fue concejal de Luque en septiembre del 2007 con posterioridad a haber asumido el cargo entre septiembre del 2008 y septiembre del 2018 obtuvo también la propiedad de derechos de crédito sobre los saldos de los depósitos realizados en las cuentas bancarias habilitadas a su nombre en diferentes bancos de plaza por el total de 29 mil 237 millones 656 mil 115 guaraníes que excede a sus legítimas posibilidades económicas.

Con respecto al lavado de dinero, el voto fue en mayoría por la absolución del ex senador Óscar González Daher por el análisis de la prescripción de la acción.

La formación de la empresa Príncipe de Savoia por la propia acusación fue dada como fecha el 24 de agosto de 2009 entonces de esa fecha  corre la prescripción.

Se explicó que son 5 años que es la punibilidad del caso lo que se comprende como plazo de prescripción. En otras palabras, la acción penal referida a esta porción de hechos va de 24 de agosto del 2009 al 24 de agosto del 2016 ahí prescribía la acción antes de refrendar así la sentencia en ese aspecto.

Analizaron si existía causal de interrupción que pudiera ser utilizada y la taxatividad. En ese momento es que esa lista comprende una cantidad de actos y no puede ser agregada otra más a ello. Entonces bajo ese criterio esta porción fáctica está prescrita. Todo lo que fue la conformación de la empresa fue prescrito.

En relación a González Chaves, la compra de los 4 inmuebles fue hecha por él mismo. Los peritos que el dinero es de él.

Se corroboró que el 24 de agosto de 2009 el señor Óscar González Daher junto con su hijo Óscar González Chaves crearon la empresa Príncipe de Savoia con el propósito de utilizar principalmente la estructura de persona jurídica para adquirir bienes inmuebles con dinero proveniente de su patrimonio personal simulando contar registralmente que las adquisiciones eran realizadas en efectivo con activos del patrimonio de la firma Principe de Savoia cuando en realidad la empresa no disponía de la liquidez necesaria y suficiente para hacer esas erogaciones. Por el periodo de tiempo del año 2009 ya se encuentra afuera que este tribunal pudo entender por una cuestión de prescripción.

La Fiscalía le atribuye al señor Óscar González Chaves la compra de los 4 inmuebles en el año 2016. González Chaves adquiere los 4 inmuebles a través de la empresa Príncipe de Savoia.

Dichos patrimonios no fueron pagados con Principe de Savoia, sino tales adquisiciones fueron realizadas con dinero del señor González Chaves.

El acusado Óscar González Chaves utilizó una estructura societaria para aparentar que estaba adquiriendo inmuebles y el mismo consolidó aquellos bienes que quedaron como no justificados en su patrimonio con la adquisición de inmuebles a nombre de la empresa a los efectos de disimular que esos inmuebles pertenecían a la empresa Príncipe de Savoia.

Se probó que no tenía un determinado giro comercial u otras fuentes de financiación para cumplir siquiera con el objetivo social de la empresa hasta el 2016.

El tribunal inhabilitó por 7 años para el ejercicio de la función pública de cada uno de los acusados.

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