Piden reconsiderar dos artículos de la Acordada 1533

 

 

Manuel Riera

El presidente del Colegio de Abogados del Paraguay(CAP) , Manuel Riera, presentó una nota donde  solicitó a la Corte reconsiderar parcialmente los artículos 7 y 8 de la Acordada 1533 con respecto a la autenticación de copias y el pago de tasas judiciales.

 El primer punto de dicha nota trata que dar fe procesal propia de actuarios no puede trasladarse a una oficina de archivo cuya causa no está archivada, sino procesada. El segundo, la tasa del 0,40 % del jornal mínimo establecido para pedir copias ante la Dirección de Estadísticas no tiene base legal.

En el tercer punto, la centralización del trabajo en oficinas de estadísticas generaría agrupamiento innecesario del mismo y de personas. Trata también que los usuarios de justicia puedan acceder a la copia autenticada en la secretaría.

En el cuarto, la transición a la digitalización debe ir acorde con la realidad, ni todo el país, ni todas las competencias ni instancias cuentan con un trámite 100 % digital. Estos cuatro puntos tiene en cuenta la nota del Colegio de Abogados del Paraguay a la Corte Suprema de Justicia.

En cuanto al pedido de reconsideración, la Asociación de Abogados Laboralistas del Paraguay(AAL) apoya la nota presentada por el Colegio de Abogados del Paraguay a la Corte Suprema de Justicia. Espera que sea rectificada la Acordada en cuestión.

 

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